Detalles técnicos del seguro de crédito. El factor de uso del importe concedido
El seguro de crédito me sigue pareciendo muy interesante técnicamente y de vez en cuando hay que dedicarle alguna entrada en el blog. Voy a recordar viejos tiempos escribiendo sobre el factor de uso del importe concedido. Nos ponemos en antecedentes, en el seguro de crédito el riesgo es el impago de una transacción comercial. Las empresas que lo contratan tienen que disponer de información muy exacta de las ventas a crédito a sus clientes a los que llamaremos deudores. Esta información ha de estar en posesión de la compañía aseguradora que cubre la operación ya que en caso de siniestro define la cantidad máxima a indemnizar al asegurado (importe siniestral). Es decir, el asegurado «comunica» a la aseguradora el importe de la venta a su deudor y la aseguradora asume el riesgo de impago sobre un porcentaje del total, tiene un porcentaje garantizado. Un inciso, las aseguradoras de crédito, además, ofrecen información sobre deudores, gestión de recobros,… Pero la función fundamental del seguro de crédito es asumir el riesgo de impago de las transacciones de los deudores con sus asegurados; esta función es imprescindible para el desarrollo de un país, así de claro.